Derecho al olvido: que Google deje de mostrar su pasado

NetClearer prepara y presenta, en su nombre, solicitudes de derecho al olvido ante Google para residentes en España: noticias antiguas, indultos y sanciones del BOE, causas penales archivadas o información falsa. Nos basamos en el RGPD, la sentencia Google Spain y el artículo 93 de la LOPDGDD. 29 € IVA incluido por enlace; expediente abierto el mismo día. Google decide.

Publicado · Actualizado por Pierre Billard, fundador de NetClearer

Cuando buscan su nombre y aparece lo de hace diez años

Imagine a una persona que busca trabajo en Madrid. Tiene una entrevista el jueves. Sabe que el seleccionador buscará su nombre en Google y que el tercer resultado es una noticia de 2014 sobre un juicio del que salió absuelta. La noticia nunca se actualizó. No habla de la absolución.

Situaciones así son las que el derecho al olvido intenta resolver. No borra el pasado, pero permite pedir que un buscador deje de asociar su nombre a información que ya no es pertinente, que está desactualizada o que es excesiva.

Un derecho que nació en España

La sentencia del Tribunal de Justicia de la UE en el asunto Google Spain (C-131/12), de 13 de mayo de 2014, empezó con un ciudadano español y un antiguo anuncio de subasta por deudas publicado en la prensa. El Tribunal declaró que un buscador es responsable del tratamiento de los datos que muestra y que una persona puede pedir que deje de mostrar resultados inadecuados, no pertinentes o que ya no son pertinentes.

Hoy ese derecho se apoya en el RGPD (arts. 17 y 21) y en el artículo 93 de la LOPDGDD, que reconoce el derecho al olvido en búsquedas de internet cuando la información es inadecuada, inexacta, no pertinente, no actualizada o excesiva, o lo ha llegado a ser con el paso del tiempo.

Su situación concreta

Las cifras de Google en España

Desde 2014, Google ha recibido 159.996 solicitudes desde España, y 12.733 en los últimos 12 meses. Ha desindexado el 43,5 % de las URL solicitadas: es la cifra del propio Google para España desde 2014 (Informe de transparencia), más baja que en el norte de Europa. No es nuestra tasa de éxito. Muestra que una solicitud mal argumentada suele rechazarse.

Cómo presentamos su solicitud

  1. Nos envía los enlaces y las búsquedas con su nombre en las que aparecen.
  2. Firma un mandato y nos envía copia de su DNI o NIE. El artículo 12 de la LOPDGDD permite ejercer estos derechos mediante un representante voluntario.
  3. Redactamos una explicación por enlace: fecha, contexto, por qué la información ya no es pertinente, documentos que lo prueban (absolución, cancelación de antecedentes, cierre de una empresa).
  4. Presentamos el formulario de Google y, si conviene, una solicitud a la web de origen.
  5. Si Google rechaza o no contesta en un mes, preparamos una reclamación ante la AEPD que usted firma y presenta.

La desindexación no borra la página original: solo impide que aparezca al buscar su nombre. Para retirar el contenido en su origen, vea borrar sus datos de internet.

Precio y límites

29 € IVA incluido por enlace, 69 € por tres y 199 € por diez. Paga por el trabajo de preparación, presentación y seguimiento; Google decide. Sin reembolso una vez presentada su solicitud. Los políticos, cargos públicos y hechos recientes de interés general tienen menos posibilidades. NetClearer no es un despacho de abogados y no presta asesoramiento jurídico. El RGPD y la AEPD no se aplican a personas que viven fuera de la UE, por ejemplo en Latinoamérica, que no atendemos.

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir el derecho al olvido yo mismo?

Sí, Google ofrece un formulario gratuito. Necesita su documento de identidad, las URL, las búsquedas que las muestran y una explicación. Nosotros lo hacemos por usted, elegimos los argumentos de cada enlace, aportamos documentos y seguimos el caso hasta la respuesta o la reclamación.

¿La noticia desaparece de internet?

No. La página sigue en la web del medio y puede encontrarse por otras vías. Lo que cambia es que deja de aparecer en Google cuando alguien busca su nombre. Si quiere que el medio modifique o anonimice la noticia, es una solicitud distinta que también podemos preparar.

¿Cuánto tarda Google en responder?

Google fija sus propios plazos y varían mucho según el caso. Nosotros presentamos la solicitud el mismo día de su pedido. Si en un mes no hay respuesta, el RGPD permite acudir a la autoridad de control, y le preparamos la reclamación ante la AEPD.

¿Funciona también en Bing?

Sí, Bing tiene su propio formulario europeo y podemos presentar la misma solicitud allí como un enlace adicional. En España Google concentra cerca del 94 % de las búsquedas y Bing alrededor del 3,5 %, así que casi siempre empezamos por Google.

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